Una sentencia reconoce como accidente laboral la baja de una profesora por acoso de alumnos

a Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León ratifica la sentencia de un juzgado palentino y rechaza el recurso de la Seguridad Social

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia en la que confirma que la baja de una profesora por acoso de sus alumnos es accidente laboral. La resolución judicial ratifica en todos sus términos la sentencia anterior dictada por un juzgado palentino y rechaza el recurso de la Seguridad Social. Al igual que hizo en su momento en primera instancia el Juzgado de lo Social número 1 de Palencia, entiende que la baja laboral fue “de carácter profesional” y condena a los demandados, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, Ibermutuamur, el INSS y la Tesorería general de la Seguridad Social a satisfacer las prestaciones derivadas de contingencia profesional.

La profesora que ejercía en un instituto de Peñafiel, emitió en su momento numerosos partes de incidencia sobre varios alumnos, y especialmente sobre uno que fue expulsado en varias ocasiones y que fue condenado por el Juzgado de Menores de Valladolid por amenazas a la profesora. En los partes de incidencias la profesora explicó que ese alumno interrumpía constantemente la clase, daba palmadas, subía y bajaba las persianas, entraba y salía de clase sin permiso, le faltaba al respeto de forma continuada e incluso llegó a decirle que ya había logrado en otro centro que una profesora se marchase y que la próxima iba a ser ella.

El TSJ es contundente al afirmar que en este caso “resulta acreditado que no existe factor extraño al trabajo que haya generado o desencadenado el proceso de baja médica”. El tribunal continúa afirmando que “resulta incuestionable la presencia de una situación de violencia en el trabajo que ha generado el estado de ansiedad y alteración mental desencadenante del proceso de baja iniciado el 9 de enero de 2017”.

En la sentencia se dice que afirmar lo contrario, sería infundado. La Sala no comparte la afirmación de la otra parte, la parte demandada, que mantuvo que las dolencias de la profesora son fruto del singular modo en que ha vivido una situación concreta. La Sala de lo Social del máximo tribunal de la Comunidad, se reafirma en que “cualquier hombre medio sometido a la presión, agresividad y violencias verbales a las que fue sometida la demandante durante su tiempo de trabajo, hubiera padecido las mismas alteraciones psíquicas”. Son los principales argumentos utilizados por el TSJ para desestimar el recurso y dar la razón a la profesora que ha contado con la representación legal de la abogada palentina Amaya Rodríguez, del gabinete de expertos en derecho laboral AFYSE.

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