- El Ministerio de Educación convoca la tercera reunión del Grupo de Trabajo 4 -condiciones laborales- y constituye el Grupo de Trabajo 2 -sistemas selectivos -sin tiempo para abordarlo, se hará en septiembre
- Las novedades de la reforma del Real Decreto 132 son relativas a: la climatización y “confort térmico”, procedimiento ante riesgos climáticos; mejoras en la escuela rural así como modificación de la normativa para reducir las ratios en la FP de grado básico, pasando de 20 a 15 el máximo de alumnado. STEs-i echa de menos bajada de ratios en “Diver” o en Bachillerato, que no se haya incluido el comprometido “índice de vulnerabilidad” para ACNEAE y que no exista un plan para fijar la plantilla docente en la escuela rural.
- Treinta años después, la Administración educativa estatal abre formalmente la negociación sobre el nuevo modelo de oposiciones y temarios docentes. Sobre la mesa no solo está el temario: también se debatirá el sistema de prácticas, la tutorización de los aspirantes y la implantación de un enfoque competencial en las pruebas de acceso.
La Confederación de Sindicatos de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza (STEs-i) prosigue en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la negociación del Real Decreto de requisitos mínimos de los centros, que modificará el actual Real Decreto 132/2010. Las propuestas presentadas por el Ministerio plantean una reconfiguración estructural de las ratios de alumnado por aula en las enseñanzas no obligatorias y de las condiciones materiales de los centros educativos. La propuesta se complementa con la Ley que actualmente se está tramitando en el Congreso.
Asimismo, se ha procedido a la constitución del Grupo de Trabajo 2 de Reforma del Profesorado (“Sistemas selectivos e ingreso en la función docente: modelos de ingreso, tutorización de prácticas e iniciación a la docencia, y temarios”), con el fin de determinar el contenido de sus futuras reuniones, previstas a partir del mes de septiembre.
La falta de tiempo del Ministerio -tenía a continuación la reunión con los Directores Generales de Personal- no ha permitido y se mandará por escrito para abordarse en septiembre.
La intervención de STEs-i, a modo de introducción a esta trascendental negociación, se centrará en definir con firmeza “lo que no debe ser” este proceso.
La intervención de STEs-i, a modo de introducción a esta trascendental negociación, se centrará en definir con firmeza “lo que no debe ser” este proceso.
CONTRA EL CRITERIO DE LA OCDE
En primer lugar, rechazamos seguir las directrices de la OCDE, que en el caso de nuestro país, en un territorio concreto ha sido contratada para realizar la planificación educativa. El informe de la OCDE para Cataluña propone atraer a los mejores candidatos con una carrera profesional mediante un escalafón vertical diferenciado —creando la figura del ‘senior teacher’, profesor excelente o mentor— basado en supuestas «evidencias». Sin embargo, la realidad es que esto degenera en una burocracia rígida, se convierte en una ‘checklist’ -rígida lista de control de cumplimiento- donde el profesorado acaba más preocupado por cumplir cientos de descriptores que por enseñar.
La OCDE aboga por fortalecer y dar más poder a las direcciones en la selección de personal (entrevistas, perfiles de plazas, capacidad de veto motivado), lo que busca es una capacidad de control real sobre su plantilla. Cataluña se está utilizando como laboratorio de pruebas de políticas neoliberales: un «viaje al futuro» que representa un fracaso evidente de las recetas de la OCDE.
Otro aspecto a tener en cuenta en relación a las propuestas de reforma de profesión docente -publicadas por el Ministerio en 2022- es la intención de modificar las atribuciones docentes para agrupar materias en «ámbitos» -en alineación con el enfoque competencial- impactaría directamente en las oposiciones, las plantillas orgánicas y el concurso de traslados.
TUTORIZACIÓN DE PRÁCTICAS
En cuanto al Proceso de Iniciación a la Docencia (PID), es necesario diferenciar claramente tres etapas que actualmente se confunden: 1) las prácticas de Grado y Máster; 2) la incorporación del profesorado interino novel -donde podría encajar el programa SENSEI- y 3) las prácticas posteriores a superar el concurso-oposición. Debemos evitar un «MIR educativo» encubierto que precarice, alargue el acceso y retrase la estabilidad laboral. No tiene sentido tratar como «novel» y someter a un año de prácticas a una docente con 12 años de experiencia interina que consigue por fin la plaza después de tanto tiempo.
TEMPORALIDAD, TASA DE REPOSICIÓN Y LEGALIDAD EUROPEA
Es urgente abordar de manera preeminente el abuso de la temporalidad en la interinidad, garantizando el cumplimiento estricto tanto de la normativa propia como de las directivas europeas. La Ley 20/2021 fija el límite de la tasa de interinidad en el 8%, mientras que la temporalidad real actual roza un inaceptable 30%.
Exigimos definir con claridad el concepto y el cálculo real de esta tasa. De igual modo, señalamos que el sistema de tasas de reposición para las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) —las cuales no se negocian en la Mesa de Educación— es un mecanismo fracasado que nunca ha alcanzado su objetivo. Con la limitación actual impuesta por la prórroga de la Ley 31/2022 de PGE, que autoriza una reposición máxima del 120%, resulta técnicamente imposible reducir la temporalidad al 8%.La aplicación del enfoque competencial en los ámbitos crea -igualmente-una bolsa de plazas funcionales que no se incorporan a la plantilla orgánica, contribuyendo a no alcanza la citada tasa.
A todo ello se suma la incertidumbre jurídica a la espera de las resoluciones que el Tribunal Supremo deba dictar sobre la fijeza del personal docente funcionario tras las sentencias sobre el personal laboral que está en fraude de ley por abuso de temporalidad.
TRANSPARENCIA Y OBJETIVIDAD EN EL PROCESO SELECTIVO
Abundando en lo que la reforma no debe ser, consideramos imprescindible corregir las deficiencias históricas del sistema de acceso:
- Temarios obsoletos: urge la actualización de temarios desfasados y la publicación oficial de todo su desarrollo.
- Criterios de corrección e información: falta de objetividad en la corrección y ausencia de una retroalimentación detallada para que el aspirante conozca sus errores.
- Homogeneidad: necesidad de fijar criterios unificados y normas únicas en aspectos críticos, como las penalizaciones por faltas de ortografía.
- Garantías de transparencia: publicación de rúbricas claras y objetivas para asegurar un proceso con verdaderas garantías.
NOVEDADES DE LA REFORMA DEL REAL DECRETO 132 QUE AFECTAN -A SU VEZ- A OTRAS NORMAS
(PROPUESTA DEL MINISTERIO)



