Sindicatos franceses se interesan por la aplicación de la LOMLOE en nuestro país

  • La UNSA Educación es una federación que agrupa a varios sindicatos franceses educativos cuyo departamento de estudios internacionales se ha puesto en contacto con STEs-I para analizar aspectos concretos de la aplicación de la nueva ley educativa.
  • Se han interesado por aquellas medidas de asignación del alumnado entre los centros para favorecer la diversidad social; en concreto aquellas medidas para la privada concertada encaminados en acoger inmigrantes y alumnado vulnerable.
  • La coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas para la elaboración de los programas escolares es otra de las inquietudes para el estudio comparado entre países.

Una representación de UNSA -federación que agrupa a sindicatos educativos franceses- ha organizado unas jornadas de estudio comparado sobre normativa general educativa. Uno de los aspectos a estudiar son las medidas de asignación del alumnado entre la red de centros para favorecer la diversidad social; en concreto aquellas medidas encaminadas a conseguir una proporción equilibrada del alumnado con necesidades educativas de apoyo educativo y alumnado vulnerable. En primer lugar, conviene diferenciar algunos conceptos, técnicamente dentro del alumnado ACNEAE -alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo- podemos encontrar varios subgrupos: ACNEE -alumnado con necesidades educativas especiales como discapacidad intelectual/visual/auditiva o trastornos graves de la conducta y la personalidad-, integración tardía, retraso madurativo, desconocimiento de la lengua vehicular o desventaja socioeducativa. Como cabe imaginarse, de manera mayoritaria este tipo de alumnado es escolarizado en centros públicos. A la pregunta de si la LOMLOE ha reforzado la capacidad inclusiva del sistema, la respuesta claramente es negativa. En teoría, la ley incluye una batería de medidas encaminadas a corregir la distribución del alumnado desfavorecido entre la red pública y concertada, en la práctica, a corto plazo solo se ha podido modificar aspectos como la eliminación del distrito único de manera generalizada, ya que tiende a favorecer la elección del centro del barrio, otorgando más puntuación a la cercanía. En el medio y largo plazo, se aplicará la obligación de las administraciones de construir centros públicos en zonas de nueva población; circunstancia que Madrid ya ha anunciado que se saltará. Dice la ley (…) OCHENTA Y UNO BIS. SE MODIFICA EL APARTADO 4 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOQUINTA que queda redactado en los siguientes términos: «4. Los municipios cooperarán con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes públicos». Desaparece en la ley orgánica el concepto “demanda social” que servía de argumento jurídico a favor de la pretensión de la iniciativa privada, a la hora de construir un nuevo centro, siendo este el primer objeto de crítica de la patronal hacia la LOMLOE.

En teoría, todos los centros estarán obligados a aceptar un porcentaje de la llamada matrícula viva, la de alumnado, normalmente hijos de inmigrantes, que llegan tras la finalización del periodo de admisión ordinario o con el curso ya empezado y suelen acabar mayoritariamente en centros públicos. En la práctica, el 78,8% del alumnado extranjero matriculado está en la pública, según los datos oficiales del último informe del Consejo Escolar del Estado.

La coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas ha sido otro de los indicadores que han interesado a la federación sindical UNSA. En este aspecto y en otros, como la asignación de materias a especialidades o la selección de los equipos directivos, encontramos grandes diferencias en cuanto a la planificación educativa, que serán evaluadas en profundidad, en futuras reuniones de trabajo.

Nuestros vecinos, mostraban su extrañeza por la elevadísima tasa de interinidad en comparación con la de Francia, siendo esta achacada a la mala gestión e incumplimiento de las directivas europeas por nuestras administraciones educativas, una verdadera “excepción ibérica”. Las tasas heredadas de los acuerdos de las centrales sindicales tradicionales, han resultado un fracaso, puesto que las OPEs que impulsaron esos sindicatos no han servido para estabilizar al personal en fraude de ley por abuso de temporalidad, tal y como determina la UE.

Ambas representaciones han coincidido en la visión internacional de que se pretende un espacio común europeo y mundial de fomento de la movilidad en el aprendizaje, cooperación transfronteriza y reconocimiento mutuo de estudios y cualificaciones obtenidas, pero han puesto el acento en los peligros de las alineaciones de estándares al servicio de las empresas transnacionales, en un entorno auspiciado por las tecnológicas de la educación para convertir esta en una oportunidad de negocio y en la mercantilización de los procesos de enseñanza y aprendizaje institucionales.

Área de Política Educativa – Confederación de STEs-i