El 26 de marzo se ha publicado el VIII convenio.
A parte de no mejorar aspectos importantes como jornada o
retribuciones, entre otros, supone un importante retroceso referido
a los derechos esenciales, ya conquistados, para los trabajadores,
como ocurre con el Complemento de Antigüedad. El cambio más
sustancioso, es la sustitución del complemento de antigüedad por el
complemento de “desarrollo profesional”, que se vincula a la
realización de horas de formación organizada o autorizada por la
empresa.
La subida salarial pactada, el 2% para el 2005 y un 3,7% para el
2006 en todos los conceptos, es claramente insuficiente, el IPC del
2005 se situó en un 3,7%, lo que significa que los trabajadores han
perdido un 1,7% de poder adquisitivo. El ámbito temporal será hasta
el 31 de diciembre de 2009, lo que imposibilita la negociación y
mejora de las condiciones laborales y sociales de los trabajadores,
hasta entonces.