El 16 de mayo se produjo la firma del XII
convenio con vigencia hasta 31 de diciembre de 2006. Algunas de las
modificaciones en el articulado y tablas salariales son:
La subida salarial para los centros
asistenciales, especiales de empleo y educativos sin concierto, para el
2005 es de un 3,7% y para el 2006 del 3,3%, con la aplicación de una
cláusula de revisión que establece que si el IPC real para el 2006
supera el 4%, solo será de aplicación una subida hasta este tope, es
decir 0,7% que se abonará en una única paga. Para la categoría de
Cuidador y otras, con salarios iguales o inferiores a la primera se les
aplicará un incremento salarial del 5%.
Se incluye una cláusula de descuelgue
que evitará que las empresas, que justifiquen déficit, abonen el
incremento salarial y de los complementos (nocturnidad,
retribución del 25% del salario base por cada hora trabajada, por
trabajo en días festivos: 25 euros por día festivo trabajado).
Se establece la cantidad, por Complemento de
mejora de la Calidad para los trabajadores con discapacidad que
presten sus servicios en Centros Especiales de Empleo, de 100 euros para
el año 2005 y 25 euros mensuales para el 2006.
En los Centros Educativos concertados, para el
personal docente en pago delegado y personal complementario no docente,
el incremento salarial es de un 2% en el 2005 y un 3,45% para el 2006.
Se da una nueva redacción y contenido a la Jornada de Trabajo para todos
los profesionales de estos centros. Se modifica el concepto de Premio de
jubilación por paga extraordinaria por antigüedad en la empresa.
Se establecen reducción de la jornada de trabajo anual, aumento de la semanal y se respetaran aquellas
mejores condiciones de jornada, vacaciones y salariales que hasta el
momento vinieran disfrutando los trabajadores.
Se aglutinan en grupos profesionales las
distintas categorías profesionales, dependiendo del tipo de centro.