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PROPUESTA DE ENMIENDA DE CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL ENVIADA POR STES-I A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

ENMIENDA DE ADICIÓN al Artículo 22 Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. Añadir un nuevo apartado Once que diga:

“En caso de que el IPC registrado en el año 2008 sea superior al 2 por ciento previsto en estos Presupuestos, el Gobierno aplicará una cláusula de revisión salarial al personal del sector público. La aplicación de esta revisión salarial se establecerá sobre la base de la desviación existente del incremento salarial aprobado y la tasa interanual de precios medida noviembre sobre noviembre. La revisión salarial será consolidable a todos los efectos”

MOTIVACIÓN
La enmienda se presenta para establecer una cláusula de revisión salarial para el conjunto de las empleadas y empleados públicos en el supuesto que el IPC del año 2008 sea superior a la inflación prevista en los PGE hecho habitual en los últimos años.

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