La Confederación Intersindical rechaza un posible nuevo acuerdo UE-Marruecos que afecte al Sáhara occidental y a sus recursos naturales.

Para ello ratifica el comunicado de febrero en Bruselas, junto a las organizaciones sindicales presentes en 43º EUCOCO este fin de semana en Madrid

Rechazo sindical a un posible nuevo acuerdo UE-Marruecos que afecte al Sáhara occidental y a sus recursos naturales

Las organizaciones sindicales abajo firmantes, reunidas en la sede del Parlamento Europeo en Bruselas, en el marco de las Jornadas “Sindicalistas y Solidaridad con el Sahara”, reunión en la que han participado sindicalistas de diferentes países y saharauis de los campamentos de refugiados y de los territorios ocupados; y reunidas de nuevo en el Taller Sindical de la 43 Conferencia Europea de Solidaridad con el Pueblo Saharaui (EUCOCO), celebrada en Madrid los días 16 y 17 de noviembre de 2018, han analizado las negociaciones comerciales que se están llevando a cabo entre la Unión Europea y Marruecos, las recientes sentencias del Tribunal Europeo de Justicia y el dictamen del Abogado General de la Unión Europea Melchior Wathelet.

Recordamos que el derecho internacional no reconoce ninguna soberanía o jurisdicción marroquí sobre el territorio del Sahara Occidental, ni considera a Marruecos como la Potencia Administradora del territorio. Así lo confirman, entre otras normas y resoluciones internacionales, la Carta de las Naciones Unidas (capítulo 73), la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre el Sahara Occidental de 1975 o la opinión de la ONU de 2002.

Recordamos también que la presencia de Marruecos en el territorio saharaui solo se menciona como un acto de “ocupación” militar (Resoluciones de las Asambleas Generales de las Naciones Unidas 34/39 de 1979 y 35/ de 1980) y que debe darse por concluida.

El Sahara Occidental todavía está en la lista de “Territorios No autónomos” de la ONU, y su condición política final aún no ha sido determinada por el pueblo del Sahara Occidental mediante el ejercicio de su legítimo derecho a la autodeterminación, como se indica claramente en todas las Resoluciones de la ONU, especialmente la Resolución 1514 de 1960 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Observamos con profunda preocupación la persistencia del saqueo sistemático de los recursos naturales saharauis por parte de Marruecos y otras entidades. Denunciamos la postura connivente de la Unión Europea que a través del acuerdo de asociación colabora en la explotación, de forma ilegal e ilegítima, de los recursos naturales de los territorios ilegalmente ocupados del Sahara Occidental en beneficio de determinadas empresas marroquíes y europeas. También observamos con preocupación las graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara Occidental, ampliamente documentadas y denunciadas por organizaciones internaciones de defensa de los derechos humanos y por la Oficina del alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Por todo lo anterior,

  1. Acogemos con satisfacción la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21/12/2016 sobre la aplicación territorial del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, excluyendo explícitamente su aplicabilidad sobre el territorio y las aguas del Sahara Occidental.
  2. Agradecemos la opinión legal del Abogado General en el Tribunal de Justicia de la UE, quien concluyó que el Acuerdo de Asociación Pesquera entre la UE y Marruecos es “inválido” porque supone el comercio con productos originarios de las zonas ocupadas del Sahara Occidental.
  3. Instamos a los Estados individuales de la UE, a las Instituciones europeas, a las ONGs, a las organizaciones políticas y sociales, y a toda la ciudadanía, a presionar a la Comisión de la UE para que ponga fin a sus intentos de firmar un nuevo acuerdo con Marruecos que incluya productos y otros bienes del Sahara Occidental a pesar del claro fallo del Tribunal de Justicia de la UE.
  4. Solicitamos a la Comisión de la UE que negocie con el legitimo representante del Pueblo saharaui, el Frente Polisario, cualquier actividad futura que afecte al Sahara Occidental y a sus recursos naturales, actuando coherentemente con los principios y valores fundacionales del Tratado de Lisboa y de la Carta Europea de Derechos Humanos, y con el pleno respeto de las Resoluciones de las Naciones Unidas, de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y de la opinión del Abogado General del tribunal de Justicia Europeo.
  5. Insistimos en que la UE, los Estados que la conforman, y todas las empresas y entidades internacionales siempre deben asegurarse de que los acuerdos de inversión y comerciales internacionales no entren en conflicto con las disposiciones de las leyes internacionales, las leyes humanitarias internacionales y las convenciones internacionales pertinentes sobre derechos humanos o con la regla de ley, especialmente territorios no autónomos o territorios bajo ocupación militar, como es el caso del Sahara Occidental. Recordamos que las empresas, sus gerentes y accionistas son responsables de las acciones que se realicen vulnerando el derecho internacional. Además de poder exigirles sanciones que pueden afectar gravemente a la viabilidad de esas empresas y al mantenimiento de los puestos de trabajo, la dirección de la empresa puede incluso estar incursa en responsabilidades penales.
  6. Rechazamos que por parte de las empresas y los Estados que incumplen Acuerdos y Convenios Internacionales y que no respetan los derechos humanos, se intente someter a las personas trabajadoras al continuo chantaje de trabajar en esas condiciones de explotación ilegal de recursos naturales saharauis o perder su puesto de trabajo.
  7. Hacemos un llamamiento al Parlamento de la Unión Europea, a los Estados miembros y a las Instituciones pertinentes para que condenen claramente toda explotación ilegal de los recursos naturales del Sahara Occidental por parte de cualquier país, entidad o empresa multinacional.
  8. Solicitamos a la Comisión de la UE y a los Estados miembros de la UE que insten a las partes a retomar urgentemente una negociación directa, con el fin de llegar a una solución justa y definitiva a este último caso de descolonización en África, basada en la legalidad internacional y relacionada con la descolonización.
  9. Finalmente, instamos a la Comisión de la UE y a los Estados miembros de la UE a exigir a Marruecos que respete el Derecho Internacional humanitario en el Sahara Occidental, que detenga el saqueo de los recursos naturales saharauis, que ponga fin a las violaciones de los derechos humanos en los territorios ocupados, que libere a todos los presos políticos saharauis, y que desmantele el muro militar marroquí en el Sahara Occidental, en la forma que recomienda la Resolución 2351 (2017), actualmente vigente, del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Bruselas, 20 de febrero de 2018.

Ratificado en Madrid, el 17 de noviembre de 2018.

Organizaciones sindicales que suscribimos esta declaración:

UGTSARIO. Sahara Occidental

CSTS. Territorios ocupados Sahara Occidental

CCOO. Estado Español

CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL. Estado Español.

UGT. Estado Español.

USO. Estado Español.

ELA. Euskal Herria-País Vasco

LAB. Euskal Herria-País Vasco

CIG. Galicia

IAC. Catalunya

CGT. Francia

CGIL. Italia

CGIL Emilia Romagna. Italia

FLAI-CGIL. Italia

UIL. Italia

CGTP-Intersindical Nacional. Portugal

CTA T. Argentina