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26-10-07
APROBADO EL REAL DECRETO
DE ORDENACIÓN DE ENSEÑANZAS OFICIALES UNIVERSITARIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el
Real Decreto de Ordenación de Enseñanzas Universitarias.
Esta norma es la culminación de la reforma para permitir la
modernización de las universidades españolas y situarlas en pie de
igualdad respecto a los mejores sistemas universitarios del mundo.
El texto aprobado establece una estructura más flexible y abierta de la
enseñanza superior, con tres niveles (Grado, Master y Doctorado), que
permite el progreso de los estudiantes sin que ninguna decisión cierre
el camino de su formación. En consecuencia, y gracias a esta
flexibilidad, se mejorará el rendimiento académico universitario.
El Real Decreto establece una importante novedad para las universidades
porque, por primera vez en la historia, serán ellas las responsables de
diseñar y proponer los planes de estudios que consideren más atractivos
y acordes con sus recursos e intereses. Se facilita así el camino hacia
la especialización de las universidades y su plena adaptación a las
necesidades y opciones formativas de su entorno.
Con todo ello, el nuevo modelo permitirá formar de manera más eficaz a
los mejores profesionales y aumentará la capacidad de respuesta de las
universidades a las demandas de la sociedad.
Mecanismos de garantía
El Gobierno establece, asimismo,
importantes mecanismos de garantía de la calidad de la enseñanza
superior. Los planes de estudio serán evaluados por la Agencia Nacional
de la Evaluación de la Calidad y la Acreditación (ANECA) antes de su
implantación. Además, todos los títulos deberán pasar una evaluación
cada seis años para renovar la acreditación de su calidad.
La estructura en tres niveles y la utilización del crédito europeo
posibilitará que los nuevos títulos sean comparables con los de los 46
países que forman el Espacio Europeo de Educación Superior que España
está contribuyendo a construir.
Respecto a los estudiantes que cursan sus estudios de acuerdo con el
sistema hasta ahora en vigor, el Real Decreto garantiza la total validez
de las enseñanzas. Por tanto, todos los estudiantes y titulados
conservan plenamente sus derechos a efectos académicos o profesionales.
El Gobierno ha distribuido, dentro de sus programas de apoyo para
facilitar a las universidades adaptarse a esta reforma, un total de
siete millones de euros en el ejercicio 2007.
PRIMEROS TÍTULOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DERIVADOS DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado los
seis Reales Decretos que establecen las enseñanzas mínimas de otros
tantos títulos de Formación Profesional. Se trata de los primeros
títulos de Formación Profesional que se desarrollan como resultado de la
Ley Orgánica de Educación y del Catálogo Nacional de las Cualificaciones
y la Formación Profesional.
El Gobierno ha aprobado dos títulos de técnico superior y cuatro de
técnico: los títulos de Técnico Superior en Laboratorio de análisis y de
control de calidad, Técnico Superior en Educación infantil, Técnico en
Cocina y gastronomía, Técnico en Emergencias sanitarias, Técnico en
Mecanizado y
Técnico en Panadería, repostería y confitería.
A partir de la publicación de estos Reales Decretos, las
Administraciones educativas podrán desarrollar los currículos concretos.
Estos Reales Decretos contienen las enseñanzas mínimas comunes a toda
España necesarias para los mencionados títulos, su perfil profesional y
las respectivas exigencias materiales y de profesorado para impartirlos.
Las nuevas titulaciones y las enseñanzas conducentes a las mismas tienen
el objetivo de responder a las necesidades de la sociedad del
conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la
movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción social. Los
títulos se han diseñado de acuerdo con el Sistema Nacional de
Cualificaciones Profesionales y, por tanto, con el objetivo de
proporcionar a las personas la formación requerida por el sistema
productivo y de acercar los títulos de formación profesional a la
realidad del mercado laboral. |